Perito de seguros

Según la definición oficial, un perito se trata de alguien que es entendido o experto en una determinada materia. Existen peritos expertos en campos muy diferentes que pueden llegar, por ejemplo, desde un perito arquitecto, un perito informático, un perito médico, un perito forense, pasando por un perito de autos o perito de seguros del automóvil, que será el encargado por nuestra compañía de seguros para valorar los daños que ha sufrido nuestro vehículo en un accidente de tráfico, bien sea por una cobertura de daños propios o porque seamos perjudicados en el mismo.

Si vamos a la definición básica de perito de automóviles, cualquier persona con una dilatada experiencia reparando vehículos podría ser considerada perito y, en efecto, así es. Un jefe de taller que lleve toda su vida en el mundo de la carrocería o mecánica bien podrá asesorar a sus clientes sobre la reparación más adecuada en cada caso. Podríamos considerar a ese jefe de taller como perito de autos, ducho en la materia.

No obstante, para realizar un informe pericial para una compañía de seguros o para realizar un informe pericial de parte, es necesario disponer de una serie de conocimientos sobre las leyes que afectan al seguro de autos y sobre las distintas peculiaridades que afectan a la tramitación y resolución de expedientes.

Perjudicado en un siniestro

Cabe destacar que es muy diferente la figura de un perito en el caso de un seguro de daños propios, con una póliza del seguro y unas cláusulas firmadas y aceptadas por las dos partes, que la figura del perito en el caso de valorar los daños que ha sufrido un perjudicado en un accidente de tráfico. En el primer caso el perito deberá conocer la póliza y sus cláusulas, así como las condiciones particulares de cada contrato. En el segundo caso la compañía aseguradora del vehículo culpable está obligada a responder por la responsabilidad civil de su asegurado y, por lo tanto, restituir el daño causado a un perjudicado.

En ciertas ocasiones, hay discrepancias entre la indemnización propuesta por la compañía de seguros y lo que el asegurado o perjudicado creen que deberían percibir por parte de la compañía. Esto suele ocurrir en los casos de siniestros en los que el vehículo se ha visto fuertemente dañado, habiendo sido declarado por el perito de la compañía como siniestro total. Para ello, el artículo 38 de la Ley del Contrato del Seguro establece que, si no se llegase al acuerdo entre las dos partes, cada una de ellas designará un perito de parte para que lleguen a un acuerdo en la parte técnica (la valoración de los daños) entre ambos peritos. En el caso de que una de las dos partes no haya designado un perito en un plazo determinado, se entenderá que acepta el dictamen emitido por el perito de la otra parte. 

Perito de parte

Se da el caso en numerosas ocasiones que el asegurado decide recurrir a un mecánico de su confianza para defender una postura contraria a la de una compañía de seguros. Este podría ser el caso donde la compañía ofrece una indemnización mucho menor que el presupuesto de reparación realizado por el taller. Si bien, como ya hemos indicado, esta persona puede tratarse de un gran profesional con una dilatada experiencia a sus espaldas, seguramente no dispondrá de los conocimientos necesarios sobre la Ley del Contrato del Seguro ni sobre cómo interpretar una póliza de seguros para conocer si la indemnización que propone la compañía es correcta o no. Es, por lo tanto, altamente recomendable en estos casos contratar a un perito de seguros del automóvil.

Por último, y no por ello menos importante, cabe destacar que la figura del perito, sea cual sea su especialidad, debería ser totalmente imparcial. No obstante, aun presuponiendo la imparcialidad de los peritos, en ocasiones no existe acuerdo entre los dos peritos designados por cada parte. El artículo 38 de la Ley del Contrato del seguro también establece que si no hay acuerdo entre los dos peritos se designará un tercer perito entre ambas partes. En caso de no existir acuerdo tampoco sobre el tercer perito será un juez o notario quien se encargue de designarlo. Finalmente se emitirá un dictamen por los peritos por unanimidad o por mayoría que deberá ser acatado por ambas partes, salvo que se impugne judicialmente.

En Rasmia Peritos somos expertos en la defensa en juicio del informe pericial, si necesitas de asesoramiento sobre tu caso, no dudes en contactar con nosotros.